Comuna

¿Gestión o silencio? Concejal Matías Cuitiño celebra su rol en Loncoche, pero omite su deber de fiscalizar millonario gasto municipal observado por Contraloría

Loncoche, julio de 2025. A fines de junio, el concejal Matías Cuitiño Spuler compartió en redes sociales un extenso balance de su gestión en la comuna de Loncoche, con motivo de sus cuatro años en el cargo. Sin embargo, en medio de palabras de agradecimiento y orgullo por “gestionar solicitudes y apoyar organizaciones”, brilla por su ausencia cualquier referencia al rol legal que tiene como fiscalizador del uso de los recursos municipales.

El mensaje publicado en su perfil personal enumera gestiones sociales, deportivas y territoriales, pero no menciona en absoluto los hallazgos del Informe N° 611-2024 de Contraloría, emitido en enero de este año, que reveló una entrega irregular de $260 millones a la Corporación Cultural Municipal para la Expo Loncoche 2024, parte de los cuales se usaron para actividades ajenas al objetivo cultural de la entidad y sin fiscalización previa.

Un deber legal que no puede ignorarse

La Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (N°18.695) establece que los concejales tienen como función principal:

“Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal y la ejecución del presupuesto municipal.”

En cambio, el mensaje del concejal Cuitiño se centra únicamente en gestiones comunitarias, entrega de terneros y apoyo a proyectos, lo que refuerza la preocupante tendencia de algunos representantes locales a actuar más como gestores sociales que como autoridades con atribuciones normativas y de control.

Silencio ante la principal irregularidad financiera de los últimos años

La Contraloría fue clara en su informe: no hubo supervisión ni rendición previa por parte del municipio antes de transferir $210 millones a una entidad privada, que terminó contratando servicios por adelantado e incluso pagando horas extra a funcionarios municipales que trabajaron en la Expo sin marco legal.

Ningún concejal —incluido Cuitiño— solicitó informes, alzó la voz públicamente ni denunció la situación.

Cuitiño en Facebook Live: cuando no se entienden las funciones legales

Aún más preocupante resulta que en un Facebook Live reciente, el propio concejal haya manifestado abiertamente una interpretación errónea de su cargo, afirmando:

“La única obligación que exige la ley es participar dentro de los consejos (…) si nosotros no participamos dentro de los consejos y no hacemos las reuniones, se hace un descuento de la dieta.”

Con esas palabras, Cuitiño reduce su función a un simple trámite de asistencia, como si su deber se limitara a no perder la dieta mensual. Lo cierto es que la fiscalización, el control del presupuesto, y la representación activa de los intereses ciudadanos son obligaciones fundamentales del cargo que ejerce.

Además, justificó públicamente que en su “tiempo libre” realiza trabajos como ingeniero, capacitando y asesorando, lo que sugiere que concibe el rol de concejal como una actividad secundaria, sin comprender la dedicación y responsabilidad institucional que exige.

¿Qué ocurre si un concejal no fiscaliza?

Aquí viene la clave: la ley no establece sanciones penales directas por omisión del deber de fiscalización, salvo que exista dolo, negligencia grave o encubrimiento de actos ilegales o de corrupción. En ese caso, podrían aplicarse:

2. Ley de Probidad Administrativa (Nº 18.575)

Establece los principios de integridad, transparencia y responsabilidad en el ejercicio del cargo público. Si un concejal omite deberes deliberadamente, podría incurrir en una falta a la probidad, lo que:

  • Puede ser denunciado ante el Tribunal Electoral Regional (TER) por infracción a deberes legales.
  • Puede implicar sanciones administrativas, como inhabilidad para ejercer cargos públicos, en caso de que el TER lo determine.

3. Código Penal

En casos extremos, si un concejal conoce un acto ilegal y no lo denuncia, podría evaluarse una eventual omisión de denuncia de delito, especialmente si hay corrupción, fraude o malversación de caudales públicos.

Frente a estos hechos, cabe preguntarse:

  • ¿Puede un concejal hablar de “gestión responsable” si nunca fiscalizó una de las transferencias más cuestionadas en la historia reciente de su comuna?
  • ¿Es aceptable que representantes electos se presenten como gestores de favores sin asumir su rol institucional de control del poder municipal?

La omisión también es parte del problema. Y aunque muchos concejales —como Matías Cuitiño— buscan renovar sus compromisos públicos de cara al futuro, la comunidad también tiene derecho a evaluar lo que no hicieron mientras tuvieron la oportunidad y la obligación legal de actuar.

Nota de la Redacción: Esta publicación se basa en hechos públicos, documentos oficiales y declaraciones emitidas por una autoridad electa. Su contenido se enmarca en el ejercicio del derecho a la libertad de prensa y de expresión.

Imagen: Facebook

Fuentes:

Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (Ley N° 18.695)

Informe de la Contraloría General de la República N° 611-2024

Declaraciones públicas del concejal Matías Cuitiño

Constitución Política de la República de Chile – Artículo 19 N° 12

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