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Contraloría fija límites a los alcaldes: obras municipales no pueden presentarse como logros personales

Un reciente pronunciamiento estableció que las autoridades no deben vincular obras, programas o servicios financiados con recursos públicos con promesas personales de campaña. El criterio es aplicable a todos los municipios del país.

Un reciente pronunciamiento de la Contraloría General de la República volvió a abrir el debate sobre la manera en que alcaldes y municipalidades comunican sus obras, programas y servicios a través de las redes sociales.

El organismo fiscalizador determinó que las autoridades comunales deben abstenerse de presentar iniciativas municipales como logros personales o como el cumplimiento individual de promesas electorales.

El caso que dio origen al pronunciamiento ocurrió en Huechuraba, donde el alcalde Maximiliano Luksic difundió en Facebook la implementación de buses eléctricos gratuitos mediante una publicación que vinculaba directamente el servicio municipal con un compromiso realizado durante su campaña.

De acuerdo con lo informado por BioBioChile, Contraloría objetó la utilización de expresiones que atribuían el servicio a una promesa personal de la autoridad y ordenó abstenerse de realizar publicaciones similares. El pronunciamiento fue calificado como generador de jurisprudencia administrativa, por lo que su criterio puede ser considerado en otros municipios del país.

Las obras no pertenecen al alcalde

El punto central del pronunciamiento es que las obras, beneficios, programas y servicios ejecutados por una municipalidad no pertenecen personalmente al alcalde de turno.

Los recursos utilizados provienen del presupuesto municipal, de transferencias regionales, fondos sectoriales, impuestos, patentes, permisos y otros ingresos públicos.

Por esta razón, una calle pavimentada, una sede comunitaria, un vehículo municipal, una actividad recreativa, una subvención o un proyecto de infraestructura no deben presentarse como regalos personales de una autoridad.

El alcalde encabeza la administración municipal y puede informar sobre su gestión. Sin embargo, debe existir una diferencia clara entre comunicar una acción institucional y utilizarla para promover su imagen política.

Informar no es lo mismo que hacer propaganda

Las municipalidades tienen el deber de informar a la ciudadanía sobre sus proyectos, inversiones, programas y servicios.

La comunidad necesita conocer qué obras se ejecutan, cuánto cuestan, de dónde provienen los recursos, cuáles son sus plazos y qué organismo las financia.

El problema comienza cuando la información institucional se concentra principalmente en la figura de una autoridad o utiliza expresiones como:

“Lo prometimos y cumplimos”.

“Una nueva obra de nuestro alcalde”.

“Seguimos cumpliendo nuestros compromisos”.

“Gracias a la gestión personal del alcalde”.

Este tipo de mensajes puede generar la impresión de que los recursos públicos dependen exclusivamente de la voluntad de una persona, invisibilizando el carácter institucional y colectivo de las decisiones municipales.

En una obra también participan funcionarios, equipos técnicos, concejales, organizaciones comunitarias, gobiernos regionales, ministerios y otras entidades públicas.

El criterio también alcanza las cuentas personales

Otro aspecto relevante es que el límite no se restringe únicamente a las redes sociales oficiales de una municipalidad.

Según el antecedente conocido, la observación de Contraloría también alcanzó una publicación realizada en la cuenta personal del alcalde de Huechuraba, debido a que vinculaba un servicio municipal con una promesa electoral.

Esto abre una discusión importante sobre el uso de fotografías, videos, diseños y contenidos relacionados con actividades municipales en cuentas personales de autoridades.

Si esos materiales son producidos por funcionarios, equipos de comunicaciones o empresas contratadas con recursos públicos, su finalidad debe ser institucional y no la promoción personal o electoral de una autoridad.

Una práctica que los vecinos pueden observar

El pronunciamiento invita a que la ciudadanía observe con mayor atención cómo se comunican las acciones municipales en cada comuna.

Los vecinos pueden revisar si las publicaciones informan adecuadamente:

  • El costo total de las obras.
  • El origen de los recursos.
  • La institución que financia el proyecto.
  • Los plazos de ejecución.
  • Las empresas responsables.
  • El acuerdo del Concejo Municipal, cuando corresponda.
  • La participación de organizaciones y equipos técnicos.

También pueden observar si la comunicación se centra en entregar información útil o si privilegia constantemente fotografías, nombres, colores, consignas y mensajes personales de una autoridad.

La transparencia no consiste solamente en mostrar una obra terminada. También implica explicar cómo se financió, quién la aprobó, cuánto costó y cuáles fueron las instituciones involucradas.

El rol de los concejales

Los concejales también cumplen un papel fundamental en esta materia, debido a su función fiscalizadora.

El Concejo Municipal puede solicitar antecedentes sobre los gastos en publicidad, contratación de servicios audiovisuales, administración de redes sociales y utilización de funcionarios municipales en actividades comunicacionales.

También puede revisar si los contenidos financiados con recursos públicos cumplen una finalidad institucional o si terminan siendo utilizados para fortalecer la imagen personal de alguna autoridad.

La fiscalización comunicacional es relevante porque las redes sociales se han transformado en una de las principales herramientas de exposición política permanente.

Un precedente para todos los municipios

Aunque el caso analizado corresponde a Huechuraba, el criterio establecido por Contraloría no debería ser visto como una situación aislada.

El pronunciamiento constituye una señal para alcaldes y municipalidades de todo Chile: comunicar la gestión es legítimo, pero apropiarse políticamente de obras financiadas con recursos públicos puede contravenir los principios que rigen la administración del Estado.

Las autoridades son elegidas para administrar los recursos de la comunidad y cumplir las funciones propias de sus cargos.

Ejecutar una obra, entregar un servicio o concretar un proyecto no es un favor personal. Es parte de la responsabilidad institucional asumida por quienes administran un municipio.

Las obras municipales no tienen dueño político.

Pertenecen a cada comuna y a sus habitantes.

Fuentes

  • Contraloría General de la República, dictamen N° OF128769N26.
  • BioBioChile, “Contraloría pone freno a Luksic: alcalde de Huechuraba no podrá atribuirse obras municipales en redes”, publicado el 10 de julio de 2026.

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