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Caso Pineda: ambas partes piden al TER rechazar ingreso de Quintana y Velásquez

Tanto la defensa del alcalde Alexis Pineda como la parte que impulsa su remoción solicitaron al Tribunal Electoral Regional de La Araucanía rechazar la incorporación de los concejales Adriana Quintana y Alberto Velásquez al proceso. Los argumentos son distintos, pero ambas partes coinciden en que los ediles no deberían ingresar a esta etapa de la causa.

Un nuevo capítulo se abrió en la causa Rol 13-2024 que se tramita ante el Tribunal Electoral Regional de La Araucanía y que enfrenta al alcalde de Loncoche, Alexis Pineda Ruiz, con los requirentes que buscan su remoción por presunto notable abandono de deberes e infracción a la probidad administrativa.

Esta vez, la controversia tiene como protagonistas a los concejales Adriana Quintana Jofré y Alberto Velásquez Castro, quienes solicitaron incorporarse al procedimiento.

Lo llamativo es que las dos partes enfrentadas en la causa coinciden en un mismo punto: ambas pidieron al TER rechazar su ingreso.

La defensa de Alexis Pineda, representada por la abogada Jocelyn Ortega Iglesias, evacuó el traslado conferido por el Tribunal el 16 de septiembre de 2026 y solicitó expresamente rechazar la presentación formulada por Quintana y Velásquez.

Por su parte, la abogada Gloria Fabiola Sagua Paredes, representante de la parte requirente, también pidió que ambos concejales no sean incorporados al procedimiento.

Defensa de Pineda cuestiona fundamento jurídico

La defensa del alcalde sostiene que Quintana y Velásquez solicitaron ser incorporados al proceso sin indicar adecuadamente cuál sería el interés que justificaría su intervención.

El escrito señala que ambos comparecieron en calidad de actuales concejales de Loncoche, pero que su presentación no habría precisado suficientemente el fundamento jurídico de su ingreso a la causa.

Posteriormente, la defensa desarrolla una argumentación basada en las reglas del Código de Procedimiento Civil sobre intervención de terceros y sostiene que los solicitantes no habrían cumplido con los requisitos necesarios para incorporarse en esa calidad.

También plantea que no se desprende claramente cuál sería su interés actual dentro de la causa y que, debido al estado procesal del expediente, no correspondería reconocerlos como partes.

Requirentes también piden dejarlos fuera

Desde la posición contraria, la parte requirente igualmente solicitó rechazar la incorporación de Quintana y Velásquez.

Según el escrito presentado por Gloria Sagua, ambos concejales solicitaron ingresar al procedimiento el 14 de junio de 2026, mientras la causa se encontraba suspendida producto de un requerimiento de inaplicabilidad presentado por Alexis Pineda ante el Tribunal Constitucional.

Posteriormente, el 24 de julio de 2026, reiteraron su solicitud.

En ambas oportunidades, el Tribunal Electoral Regional resolvió remitiéndose a la suspensión vigente en ese momento.

La parte requirente sostiene que esas solicitudes ya habían recibido pronunciamiento y cuestiona que el Tribunal haya vuelto a dar traslado sobre esta materia el 16 de septiembre.

Requirentes advierten posible nueva dilación

Uno de los principales argumentos de esta parte apunta al efecto que podría tener la incorporación de nuevos intervinientes en una causa iniciada en 2024.

La presentación sostiene que volver a discutir el ingreso de Quintana y Velásquez podría generar una nueva dilación del proceso, especialmente considerando el estado avanzado de la tramitación.

Debe precisarse que esta corresponde a la posición jurídica de los requirentes y no a una conclusión definitiva del Tribunal respecto de la legalidad de su propia actuación.

Causa tenía el término probatorio vencido

El escrito de la parte requirente cita además un certificado del 14 de enero de 2026 que señala que la causa se encontraba con el “término probatorio vencido y sin recursos pendientes, para traer los autos en relación”.

En términos simples, la etapa destinada a producir prueba ya había concluido y el expediente estaba en condiciones de avanzar hacia una fase posterior.

Por ello, junto con pedir el rechazo de la incorporación de ambos concejales, la parte requirente solicitó al Tribunal traer los autos en relación para continuar con la tramitación del proceso.

Una coincidencia entre partes enfrentadas

Los fundamentos jurídicos utilizados por ambas partes son distintos, pero la petición concreta coincide.

La defensa de Alexis Pineda sostiene que Quintana y Velásquez no fundamentaron adecuadamente su ingreso y no cumplirían con los requisitos necesarios para participar en la causa.

Los requirentes, en cambio, sostienen que la materia ya había sido abordada previamente y que volver a discutirla podría extender aún más la tramitación.

En ambos casos, la solicitud ante el Tribunal Electoral Regional es la misma:

que Adriana Quintana y Alberto Velásquez no sean incorporados al proceso Rol 13-2024.

Ahora será el Tribunal Electoral Regional de La Araucanía el encargado de resolver su participación y determinar cómo continúa una causa que todavía espera una resolución definitiva.

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